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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36721
Fecha: 2005-10-18
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/RUZZON Antonio S/ Ejecutivo
Descripción: Regulación
//neral Roca, 18 de OCTUBRE de 2005._
Agréguese y téngase presente.
Por la actuación cumplida regulo los honorarios de la Dra. JOSEFINA CREVARIO en la suma de $400.- (M.B. $ 6.371,40 .arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
A la regulación de honorarios acrecidos y complementarios, no ha lugar por no corresponder.
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro