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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0057/2009
Fecha: 2009-05-20
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: embargo
EXPTE. Nº 0057/2009
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES S/ EJECUCION FISCAL
Viedma, mayo de 2.009.-
Atento lo peticionado, trábese embargo sobre los saldos acreedores que tenga o llegare a tener depositado la parte demandada LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES, en caja de ahorro y/o cuenta corriente, creditos, titulos públicos y/o privados, pagarés, letras de cambio y otros títulos de crédito, plazos fijos, disponibilidades derivadas de acuerdos para girar en descubierto y límites de compra y financiacion de tarjeta de credito, fondos o valores de cualquier tipo y/o cualquier concepto en moneda nacional y/o extranjera, en Bancos y demás entidades dependientes del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, hasta cubrir las sumas de $ 15.063 en concepto de capital, incluidos los honorarios, con más la de $ 2.800 que se presupuestan provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio.-
Líbrese oficio al Banco CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA para que por medio de Comunicación "C" a los Bancos y demás entidades financieras bajo su control, a efectos de la toma de razón con los recaudos mencionados precedentemente y con mención de las personas autorizadas, haciendo saber que las sumas embargadas deberán depositarse en cuenta judicial en el Banco Patagonia S.A.-sucursal Viedma a nombre de la suscripta y como pertenecientes a estos autos.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro