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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0284/2005
Fecha: 2009-05-20
Carátula: GALIANO MIGUEL C/ LUNA RICARDO ENRIQUE S/ EJECUTIVO
Descripción: cobro-embargo
EXPTE. N° 0284/2005
CARATULA: GALIANO MIGUEL C/ LUNA RICARDO ENRIQUE S/ EJECUTIVO
Viedma, mayo de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Agréguese el saldo bancario.-
Atento lo peticionado y a los fines de comunicarle que deberá entregar a los Dres. Leandro Sferco (D.N.I. nº 26.481.898) y/o Manuel Maza (D.N.I. nº 21.527.819) a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 626,45 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, a cuyo fin líbrese oficio al Banco Patagonia S.A..-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado Ricardo Enrique Luna como empleado del Boletín Oficial hasta cubrir la suma de $ 448,64 en concepto de saldo de liquidación, con más la suma de $ 230 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro