Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39309

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-19

Carátula: IBAÑEZ Fernando José c/ANTOLINI Ana Beatriz S/ Desalojo (Art. 679 CPC)

Descripción: Inicio

//neral Roca, 19 de de mayo de 2009.-s

Téngase presente la conformidad prestada por Rentas.-

Por recibido, intímese a los demandados ANA BEATRIZ ANTOLINI y JORGE COSME DUARTE para que dentro del QUINTO día de notificado comparezca a este Tribunal a reconocer la firma del documento base de la acción de acuerdo a lo prescripto por el art. 525 del CPC, bajo apercibimiento de dársele por reconocida en caso de incomparecencia. Notifíquese a cuyo efecto líbrense cédula.-

Hágase saber a las partes el derecho que le asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (conf. Acord. 112/03 del STJRN).

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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