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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37425
Fecha: 2009-05-18
Carátula: BLANCO María J. c/ASOC. CIRCULO POLICIAL Valletano Sub-ofic. S/ Ejecutivo
Descripción: regula honorarios
General Roca, 18 de mayo de 2009.-s-
Atento lo peticionado y constancias de autos, regulo por su actuación, los honorarios del Dr. Claudio Lopez en la suma de $ 5.000 y los del Dr. Horacio J. Caffaratti en la suma de $ 3.000 (M.B. $ 217.000 acuerdo homologado a fs. 95).-
Hágase saber que los honorarios acrecidos son la retribución de la ejecución.-
La merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro