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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0110/2005
Fecha: 2009-05-15
Carátula: LA COSTA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO
Descripción: cobro
EXPTE. N° 0110/2005
CARATULA: LA COSTA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO
Viedma, mayo de 2009.-
Al escrito de fs. 1603:
Estése al depósito efectuado conforme constancias de fs. 1600 y fs. 1601.-
Proveyendo a fs. 1604/1606:
Agréguese.-
Al escrito de fs. 1607:
Atento el estado y constancias de estos autos y las del incidente Nº 0665/2008, descontado que fuera el pago ordenado a fs. 1594, surge que la concursada adeuda a la sra. Susana Beatriz Biondi en concepto de pago de crédito laboral la suma $ 3.525,15 y que la suma a distribuir asciende a $ 10.000.-
En su mérito, dada la existencia de fondos líquidos en la cuenta de autos, destinados a cubrir la totalidad del crédito precedentemente mencionado de conformidad con lo dispuesto en el art. 16 L.C.Q., líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a efectos que proceda a extraer de la cuenta Nº 12006032 la suma de $ 3.525,15 la que deberá depositar en la Caja de Ahorro Nº 730002722 de la Sucursal Nº 250 de esa misma entidad bancaria cuyo titular es la Sra. Susana Beatriz Biondi (DNI Nº 20.807.523) en concepto de pago crédito laboral. Déjese constancia en el respectivo incidente.-
Con relación a la percepción de las astreintes y teniendo en cuenta que la suma depositada en autos está destinada a hacer frente a las resoluciones de pronto pago en forma mensual, a lo solicitado, en este estado no ha lugar.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro