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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0769/2006
Fecha: 2009-05-15
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ CURRY ALFREDO MAURICIO Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: SE HACE EFECTIVO ART. 399 C.Pr. ENTIDAD PRIVADA
EXPTE Nº 0769/2006
AUTOS: "CONFIAR S.R.L. C/ CURRY ALFREDO MAURICIO Y OTRO S/ EJECUTIVO"
Viedma, mayo de 2.009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Agréguese.-
Atento lo peticionado y lo que surge de las constancias de autos, líbrese nuevo oficio a Carnes Patagónicas S.R.L. a los fines de que dé cumplimiento con lo ordenado mediante oficio n° 1845/07 y su reiteratorio n° 2080/08, en el plazo de 10 días, bajo apercibimiento de aplicar en concepto de astreintes la suma de $ 50 diarios por día de incumplimiento a favor de la peticionante (conf. art. 37 CPCC). El oficio será diligenciado por el Oficial de Justicia y entregado en forma personal al titular de la empresa o persona autorizada a tal efecto.-
Hágase constar en el oficio a librarse que el nuevo monto presupuestado es de $ 840.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro