Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39212

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-15

Carátula: BANCO Jorge Liberato c/PEREZ Pablo Pedro S/ Ejecutivo

Descripción: providencia

General Roca, 15 de mayo de 2009.-

Sin perjuicio que del oficio obrante a fs. 14 se ha aclarado que el embargo procede en el porcentaje de ley, líibrese oficio a la empleadora a fin de que adecúe el embargo trabado a las disposiciones del decreto ley 484/87.-

A lo solicitado en el punto 11 respecto del monto que corresponde embargar no ha lugar, por no haber constancia en el Tribunal del monto que percibe por salarios el embargado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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