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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0859/2007
Fecha: 2009-05-14
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ CANALE LETICIA ALEJANDRA S/ EJECUTIVO
Descripción: HACE EFECTIVO APERCIBIMIENTO A ENTIDAD PUBLICA
EXPTE Nº 0859/2007
AUTOS: "CONFIAR S.R.L. C/ CANALE LETICIA ALEJANDRA S/ EJECUTIVO"
Viedma, mayo de 2.009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Agréguese.-
Atento a lo peticionado y teniendo en cuenta las constancias de autos, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en el art. 399 del C. Pr., póngase en conocimiento del Ministerio de Gobierno el incumplimiento incurrido por parte de la Policia de Río Negro con lo ordenado mediante oficio nº 1.284/08 y su reiteratorio nº 0018/09, a los fines que estime corresponder. Ofíciese.-
Sin perjuicio de ello, líbrese nuevo oficio a la Policia de Río Negro a los fines de que dé estricto cumplimiento con el embargo decretado en autos sobre los haberes de la demandada.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro