Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0148/92/5

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-14

Carátula: BEJARANO SUSANA JOANNA C/ MORALES HERNAN ANTONIO S/ ALIMENTOS

Descripción: ordena cobro en banco

EXPTE. N° 0148/92/5

CARATULA: BEJARANO SUSANA JOANNA C/ MORALES HERNAN ANTONIO S/ ALIMENTOS

Viedma, mayo de 2009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Tiénese presente lo manifestado.-

Atento lo peticionado y constancias de autos, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a efectos de comunicarle que deberá entregar al sr. Hernan Antonio Morales (D.N.I. nº 16.759.496) a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos.-

Asimismo y surgiendo de las constancias de autos que el Anses no ha dado cumplimiento con el levantamiento del embargo decretado en la sentencia de fs. 212 (conf. fs. 231/232), líbrese oficio al mencionado organismo a efectos que cumpla con ello.-

Rosana Calvetti

Juez

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