Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23629/09

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-14

Carátula: VERDUGO NELSON ADAN S/ HABEAS CORPUS

Descripción: Sentencia-Ced.

///MA, 14 de mayo de 2009.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "VERDUGO NELSON ADAN S/HABEAS CORPUS" (Expte. N* 23629/09-STJ-), puestas a despacho para resolver; y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Los señores Jueces doctores Alberto I.BALLADINI y Victor Hugo SODERO NIEVAS, dijeron: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Que ante el estudio de rehabilitación Ortopédica y demás medidas peticionadas por el interno, con fecha del 23 de marzo de 2009 por Presidencia se decide que al no surgir de la presentación de fs.1 el encuadramiento en el art.1* y cc. de la ley 3368 que reglamenta el "habeas corpus" en jurisdicción de la Provincia, se rechaza “in limine” la pretensión. No obstante ello, y atento al tenor de la presentación, se dispuso remitir al Tribunal de Ejecución Penal –Cámara Primera en lo Criminal de General Roca- a los fines de dar tratamiento a lo peticionado (cf. Expte.Nº 21936/07-STJ, “Lillo, Cecilio s/Habeas Corpus”, 6 de marzo de 2007; ídem Expte.Nº 21939/07, “Gómez Julio Luis Miguel s/petición”; “Cabezas, Sergio Fabián s/ habeas corpus” Expte.Nº 21979, del 20 de marzo de 2007; y dándose intervención al Defensor del interno para que ejerza su Ministerio.- - - - - -

-----Posteriormente, con fecha del 1 de abril de 2009 y ante una nueva petición, al resultar la misma una presentación del mismo tenor que la obrante a fs.1, se ordena estar a lo ya resuelto y trámite dado a fs.3.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----En fecha 15 de abril, y ante nueva petición, se dispone un pedido de informes: 1º) a la Cámara Primera en lo Criminal de la IIda.Circunscripción Judicial con sede en Gral.Roca sobre la situación del interno de marras y resultados de las ultimas presentación efetuadas; 2ª) al Establecimiento de Ejecución Penal Nº 2 de Gral.Roca, sobre las atenciones dispensadas al interno Verdugo Nelson Adan y cronologia de las mismas; 3º) al Cuerpo Médico Forense de la 2da.Circunscripción Judicial con Sede en Gral.Roca para que practíque un informe sobre el estado de salud y atenciones recibidas por el interno accionante Verdugo Nelson Adan, debiendo constituirse en el Establecimiento de Ejecución Penal Nº 2 Gral.Roca donde se encuentra alojado, a sus efectos.-

-----Del resultado de dicha diligencia surge a fs.25 y ss. el informe del Médico Forense Adolfo SCATENA exponiendo las consideraciones médico legales de la situación del interno, indicando que podría compensarse la diferencia de longitud de una de sus piernas mediante un aparato ortopédico o una plantilla, siendo indicada la asistencia fisio-kinesioterapia, agregando que sería adecuado que un especialista esboce el tratamiento más adecuado, aconsejando su derivación al Hospital de General Roca a fin de que se evalúe su estado.- - - - - - - - - - - - - - - - -

-----A fs. 27 y vta. el Sr. Juez de Cámara, Dr. Carlos GAUNA KROEGER, informa a este Tribunal que en fecha 11-03-2009 el Director de la Unidad Penitenciaria informó que se solicitó nuevo turno de rehabilitación ADANIL para el interno, estando a la espera de una respuesta del turno solicitado.- - - - - - - - - -

-----Como conclusión, atento al tenor de las presentaciones efectuadas por el interno, y en concordancia a lo dispuesto por el Sr. Presidente, en correspondencia con los precedentes de este Superior Tribunal de Justicia, corresponderá que la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca continúe con el tratamiento de lo peticionado por el interno, ejerciendo las facultades y atribuciones que por ley le cabe como Tribunal de Ejecución Penal, con intervención del Defensor del interno para que ejerza su Ministerio (cf. Expte.Nº 21936/07-STJ, “Lillo, Cecilio s/Habeas Corpus”, 6 de marzo de 2007; ídem Expte.Nº 21939/07, “Gómez Julio Luis Miguel s/petición”; “Cabezas, Sergio Fabián s/ habeas corpus” Expte.Nº 21979, del 20 de marzo de 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----En tal sentido, corresponderá la remisión de copia de las piezas pertinentes de fs. 25/26 al Tribunal de Ejecución Penal, a fin de su consideración, velando por la salud del interno.- - - -

-----NUESTRO VOTO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

El señor Juez doctor Luis LUTZ, dijo:- - - - - - - - - - - - - -

-----Atento la coincidencia de los señores jueces preopinantes, me abstengo de emitir opinión (art.39 L.O.). MI VOTO.- - - - - - -----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Rechazar la acción intentada en autos, por los fundamentos expuestos en los considerandos, y dar intervención a la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca a fin que continúe con el tratamiento de lo peticionado por el interno, ejerciendo las facultades y atribuciones que por ley le cabe como Tribunal de Ejecución Penal, con intervención del Defensor del interno para que ejerza su Ministerio, remitiéndose copia de fs. 25/26.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese.- - --

Fdo.:ALBERTO I. BALLADINI JUEZ VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ LUIS LUTZ JUEZ EN ABSTENCION ANTE MI:EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JU STICIA

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Poder Judicial de Río Negro