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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0572/2005
Fecha: 2005-10-17
Carátula: ANDREOLI RAUL C/ HUENUL DANIEL RICARDO S/ EJECUTIVO
Descripción: RECHAZO PAGARE
EXPTE. Nº 0572/2005
CARATULA: ANDREOLI RAUL C/ HUENUL DANIEL RICARDO S/ EJECUTIVO
Viedma, octubre de 2005.-
Por presentado, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaría el original.-
Atento que el documento base de la pretendida ejecución carece del requisito previsto por el art. 101 inc. 6º del Decreto Ley 5.965/63 (indicación del lugar en que ha sido firmado), de conformidad a lo dispuesto por el art. 102 del mencionado decreto, recházase "in limine" la presente ejecución.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA; De haberse efectuado la reserva ordenada bajo el n° A - 21/05. Conste.-
Secretaría, octubre de 2005.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro