Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0572/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-17

Carátula: ANDREOLI RAUL C/ HUENUL DANIEL RICARDO S/ EJECUTIVO

Descripción: RECHAZO PAGARE

EXPTE. Nº 0572/2005

CARATULA: ANDREOLI RAUL C/ HUENUL DANIEL RICARDO S/ EJECUTIVO

Viedma, octubre de 2005.-

Por presentado, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaría el original.-

Atento que el documento base de la pretendida ejecución carece del requisito previsto por el art. 101 inc. 6º del Decreto Ley 5.965/63 (indicación del lugar en que ha sido firmado), de conformidad a lo dispuesto por el art. 102 del mencionado decreto, recházase "in limine" la presente ejecución.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA; De haberse efectuado la reserva ordenada bajo el n° A - 21/05. Conste.-

Secretaría, octubre de 2005.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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