Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38444

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-14

Carátula: MARTINEZ Aristeo y CONTRERAS de Martinez Uberlinda S/ Sucesión

Descripción: declaratoria

General Roca, 14 de mayo de 2009.-

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria en estos autos caratulados: “MARTINEZ ARISTEO Y CONTRERAS DE MARTINEZ UBERLINDA S/SUCESION” (EXPTE. N° 38.444-III-08).-

CONSIDERANDO: Que se tramita el presente sucesorio por fallecimiento de Aristeo Martinez ocurrido el día 16 de mayo de 1994 en Allen, Río Negro, según constancias de fs. 2 y de Uberlinda Contreras de Martinez, fallecida el 28 de abril de 1995 en General Roca, Río Negro, atento el certificado de fs. 3. Ambos habían contraido matrimonio el 14 de febrero de 1955 en Río Bueno, República de Chile, lo que se acredita con la copia de la libreta de matrimonio de fs. 6.-

De la unión de los causantes nació:

MARIA ELIANA: Nacida el 21 de octubre de 1955, en Allen, Río Negro, lo que se acredita con el certificado de nacimiento de fs. 4-

A fs. 11 se declara competente el Tribunal para entender en el presente sucesorio y se tiene por iniciado el juicio.-

A fs. 14/5 31 y 33, obran oficios librados a los Registros Públicos de Juicios Universales y de Testamentos, de los que surge que, a nombre de los causantes, no se inició trámite ni se registró disposición testamentaria alguna.-

A fs. 22/27 lucen agregados periódicos y recibos que acreditan la corrrespondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando, asimismo que no se presentaron más interesados ni herederos que la precedentemente indicada.-

Por lo expuesto y lo dispuesto por el art. 3565 del C. Civil y 699 y 700 del C.P.C.,

RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de Aristeo Martinez, le sucede en su carácter de única y universal heredera su hija: María Eliana de apellido: Martinez Contreras, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponden a su cónyuge supérstite Uberlinda Contreras sobre los bienes gananciales y los propios si hubiere.-

Y que por fallecimiento de Uberlinda Contreras, le sucede en su carácter de única y universal heredera su hija: María Eliana de apellido: Martinez Contreras,

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro