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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 22427/07
Fecha: 2009-05-12
Carátula: REMON BRIAN C/ REMON HUGO Y OTRO S/ RECURSO DE REVISION
Descripción: Actas Audiencias
En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro, siendo las 10 hs. del día 12 de mayo de 2009, en la Sala de Audiencias del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, en los autos caratulados: “REMON BRIAN C/ REMON HUGO Y OTRO S/ RECURSO DE REVISION” (22427/07-STJ-), con la presencia del Sr. Presidente del STJ Dr. Luis LUTZ y el titular de la Secretaría Nº4, Dr. Ezequiel Lozada, comparecen: - - - -
-----Por la parte actora, La Dra. Andrea FADELLI, y los Dres. Pablo Sergio MAO y Javier PERROTE. - - - - - - - - - - - - - -
-----Los Dres. Miguel VOLONTÉ y Diego SACHETTI en carácter de apoderados de José Ricardo CALA. - - - - - - - - - - - - - - -
------Abierto el acto por el señor Presidente del STJ se explica el motivo y la modalidad de la audiencia y concede la palabra a las partes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----La parte actora inicialmente ratifica la prueba oportunamente ofrecida.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Concedida la palabra a la demandada, ésta discrepa del objeto de la causa en cuanto el encuadramiento de los incisos 3 y 4 del art. 303 bis, del CPCyC. Manifiesta que existe imprecisión respecto del objeto de prueba y que corresponde definir cuáles de los hechos enumerados en estos dos incisos van a ser objeto de etapa de prueba.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Corrido traslado a la parte actora esta manifiesta que los incisos 3 y 4 del art. 303 bis CPCyC no son en el caso alternativos sino que los hechos encuadran en ambos incisos conjuntamente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----La demandada se opone a los puntos: 3º) de fs. 385 al 8º) de fs.389 vta., por entender que no se refieren a la cuestión a resolver en esta etapa procesal, referida a la admisibilidad del recurso, sino a una etapa ulterior. A ello responde la actora que se vió obligada a interponer la acción de nulidad por la resolución de la Cámara atento la exigüidad de los plazos indicados por la alzada al resolver la cautelar, y que en este/// ///contexto debió reajustar la pretensión a través de un recurso de revisión reiterando la prueba ofrecida. La parte actora entiende que el recurso ya ha sido admitido y que no corresponde tratar el tema de su admisibilidad en esta etapa. Asimismo solicita que se tenga en consideración la acción de nulidad presentada en el inicio- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Ambas partes ratifican la prueba, desistiendo la actora solamente de la confesional oportunamente ofrecida.- - - - - - --
-----Siendo las 10.30 hs. se recepta el escrito de la Dra. María Leticia GONZALEZ, apoderada del Sr. Gustavo Andrés CASTAGNOLA, haciendo saber al tribunal su imposibilidad de concurrir a la presente audiencia por razones de salud.- - - - - - - - - - - - -
-----Oido lo cual, el Sr. Presidente del STJ resuelve: 1º) Téngase presente lo expuesto por las partes, 2º) Pasen autos a despacho para resolver. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----No siendo para más, se dio por finalizado el acto, firmando los comparecientes, por ante mi Secretario autorizante que doy fe.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Fdo.:LUIS LUTZ PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA ... EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro