Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38348

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-12

Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA c/MARTINEZ Domitila s/suc. S/ Ejecutivo

Descripción: regulacion

//neral Roca, 12 de MAYO de 2009.=

Atento las constancias de FS. 66 de los autos "MARTINEZ Domitila S/Sucesión" (Expte. 38.347-III-08), regulo los honorarios del Dr. PABLO BERGONZI en la suma de $200.-. (M.B. $ 1.528,06.- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro