include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37907
Fecha: 2009-05-11
Carátula: SEPULVEDA Teresa Ines c/GARCIA Marcelo S/ Ejecución Acuerdo
Descripción: PROVEIDO.-
//neral Roca, 11 de Mayo de 2009.-
Por presentada en el carácter invocado (art.48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-
Téngase presente la cancelación extrajudicial de la deuda reclamada en autos por el demandado.-
Atento el estado de autos y a los fines de dar cumplimiento con la Ley 869, regulo los honorarios profesionales de la Dra. ELIAN A HERRERO en la suma de $...100., Dra. CLAUDIA RAMIREZ RUIZ en la suma de $200MB:$ 1.369 capital de fs. 24.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 Ley 2212).-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro