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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0429/2007
Fecha: 2009-05-08
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ LAGOS JUAN MANUEL S/ EJECUTIVO
Descripción: NUEVA APODERADA - EMBARGO
EXPTE. Nº : 0429/2007.-
CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ LAGOS JUAN MANUEL S/ EJECUTIVO.-
Viedma, mayo de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Al escrito de fs. 19:
Tiénese presente la renuncia efectuada.-
Al escrito de fs. 22:
Tiénese a la Dra. Guillermina Carmody por presentada a tenor de la copia del poder acompañado y por constituído el domicilio. Notifíquese.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe JUAN MANUEL LAGOS como empleado de la POLICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO hasta cubrir la suma de $ 192,94 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 70 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro