Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0328/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-08

Carátula: SANCHEZ MARIA EUGENIA C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CONTESTA DEMANDA

EXPTE. Nº 0328/2008

CARATULA: SANCHEZ MARIA EUGENIA C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, mayo de 2.009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Por contestada la demanda en tiempo y forma.-

Tiénese presente la reserva manifestada en el punto V del escrito a despacho.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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