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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0400/2004
Fecha: 2009-05-07
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ GARCIA ENRIQUE FELIPE Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR
EXPTE. Nº 0400/2004.-
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ GARCIA ENRIQUE FELIPE Y OTRA S/ ORDINARIO.-
C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
ACTORA
Documental: Incorporada a la causa y reservada bajo registro P-102/04.-
Informativa: Al Correo Argentino obrante a fs. 232/234.-
DEMANDADA
Instrumental: Se declaró la negligencia a fs. 281.-
Pericia Contable: Informe pericial a fs. 271/275.-
SECRETARIA, mayo de 2009.-
R.B.
Ana Carolina Soccia
Secretaria
Viedma, mayo de 2009.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C.Pr.. Notifíquese.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro