Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37014

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-17

Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ENRIQUE GODOY C/GARRIDO Roberto y Otro S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena oficio.-OFICIOS.-

//neral Roca, 17 de octubre de 2005.-

Proveyendo el ecrito de fs.163: Al punto I, agréguese el sellado adjuntado.-

Téngase por oblados el impuesto de justicia, sellado de actuación .-

Al punto II, atento el estado de autos y la conformidad prestada por los letrados de la parte actora y por el Apoderado de Caja Forense a fs. 156, procédase al levantamiento de los embargos trabados a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense oficios a las instituciones bancarias con asiento en esta ciudad con habilitación de día y hora.-

Proveyendo el escrito de fs.164, téngase presente la conformidad prestada por el Representante Fiscal de la Dirección General de Rentas.-

Atento el estado de autos y lo oportunamente peticionado a fs.158, previo a la extracción de fondos, atento la modalidad de pago pactado en la claúsula tercera (convenio de fs.156 y vta), aclare concretamente sobre la petición de los honorarios por existir un único depósito.-

Previo a ordenar el pago de los honorarios, acredite su inscripción y condición ante la DGR.--

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

OFICIOS A LOS BANCO PARA LEVANTAR EMBARGO.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro