Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37382

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-06

Carátula: LANCIOTTI Hugo c/SARFE AGROVIAL S.R.L. S/ Ejecutivo

Descripción: proveido.-

//neral Roca, 6 de Mayo de 2009.-

En atención a lo peticionado y estado de autos, trábese nuevo embargo sobre el porcentaje a percibir por el demandado de las recaudaciones diarias del local comercial sito en Bolivia No 1055 de esta ciudad hasta cubrir las sumas de $ 4.190,49 en concepto de capital con más la suma de $ 2.000 calculados para intereses y costas.-

El embargo se hará efectivo sobre el 20 % de la recaudación diaria a favor del demandado y por el interventor recaudador designado en autos a fs.47 Sr. JULIO MALNIS.-

Expídase testimonio.-

Se deja constancia que el monto del embargo ordenado precedentemente surge de restar a las sumas de la planilla de liquidación aprobada a fs. 322 lo que totaliza $ 6.441,04 ($ 4.202,72 capital más $ 634,28 gastos y $ 1.604,04 honorarios) las extracciones realizadas en autos $ 2.250,55 ( $ 300 fs. 306, $ 800,55 fs.322, $ 150 fs. 328, $ 200 fs. 334, $ 300 fs. 341, $ 300 fs. 348 y $ 200 fs.354.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro