Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 20731III

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-06

Carátula: LAGOS José Andrés S/ Sucesión

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 06 de MAYO de 2009.= VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "LAGOS JOSE ANDRES S/SUCESION" (Expte. Nro. 20.731-III-86).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de José Andrés Lagos ocurrido el 25 de febrero de 1985 en Pje. "Varvarco" Departamento Minas, Provincia de Neuquén, certificado a fs. 9.

De una unión de hecho con Matilde Parada nacieron:

Juan Carlos: el 08 de febrero de 1946 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 14.-

José Rufino: el 30 de julio de 1953 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 16.-

Son hijos de José Andrés Lagos:

Alfredo: el 03 de diciembre de 1943 en Cipolletti (Río Negro) certificado a fs. 10.-

Andrea: el 09 de mayo de 1936 en Cinco Saltos (Río Negro), certificado a fs. 11.-

Margarita: el 26 de julio de 1938 en Allen (Río Negro), certificado a fs. 12.-

Segundo: el 17 de noviembre de 1940 en Allen (Río Negro), certificado a fs. 13.-

Roberto: el 13 de mayo de 1951 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 15.-

Andrés: el 15 de marzo de 1960 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 17.-

María Eva: el 23 de febrero de 1949 en Cipolletti (Río Negro), certificado a fs. 18.

Habiéndose iniciado idéntico trámite por el fallecimiento de José Andrés Lagos, ante el Juzgado Civil N° 15 de Cipolletti se procede a la acumulación a éstos autos (fs. 132).

A fs. 34 vta. y 102 se aprueba información sumaria estableciéndose que el último domicilio del causante fue en la ciudad de Cipolletti, declarándose abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 39 se agrega oficio al Registro de Juicios Universales, con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares y a fs. 40 al Registro de Testamentos donde surge que se ha registrado disposición testamentaria, el que obra a fs. 1/2.-

A fs. 145/150 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de JOSE ANDRES LAGOS, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos ALFREDO, ANDREA, MARGARITA, SEGUNDO, ROBERTO, ANDRES y MARIA EVA de apellido LAGOS y JUAN CARLOS y JOSE RUFINO de apellido LAGOS y PARADA.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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