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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39431
Fecha: 2009-05-06
Carátula: FULL EXPRESO S.R.L. c/ SOCUT S.R.L. S/ Ordinario
Descripción: INICIO- Traslado
//neral Roca, 6 de MAYO de 2009-=
Por presentado, parte y con domicilio.-
Atento a que el monto reclamado excede el tope dispuesto para los procesos sumarísimos, no procede el mismo como tal-.
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de veintisiete días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa a SAN MARTIN (Buenos Aires).-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).
Deposítese en caja fuerte la documental original.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: de haberse depositado documental original de la actora de fs. 32/64.CONSTE.
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Poder Judicial de Río Negro