Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0187/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2009-05-05

Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ AGUIRRE MARIA CRISTINA S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 0187/2007

CARATULA:ZAGARI NICODEMUS C/ AGUIRRE MARIA CRISTINA S/ EJECUTIVO

Viedma, mayo de 2009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe MARIA CRISTINA AGUIRRE como empleada del Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 389,40 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 175 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-sucursal Viedma.-

Sin perjuicio de ello, estése a lo requerido en el segundo párrafo de fs. 38.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro