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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0663/2008
Fecha: 2009-05-05
Carátula: VEIGA JOSE DARIO Y OTROS C/ EDITORIAL RIO NEGRO S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO S/ OFICIO
Descripción: regula honorarios
EXPTE. Nº 0663/2008
CARATULA: VEIGA JOSE DARIO Y OTROS C/ EDITORIAL RIO NEGRO S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO S/ OFICIO
Viedma, mayo de 2.009.-
Atento las razones expuestas y habiéndose realizado un nuevo análisis de la cuestión, hágase lugar a la revocatoria interpuesta, en consecuencia modifícase la regulación de honorarios efectuada en la providencia de fs. 72 la que se fija en la suma de $ 900 (10 jus). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro