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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34845
Fecha: 2009-05-04
Carátula: AÑAZCO NIETO Aquiles c/S.A. Importadora y Exp. Patagonia S/ Sumario
Descripción: se aprueba liq. regulación por acrecidos.-
//neral Roca, 04 de Mayo de 2009.-
Por presentado en el carácter invocado (art. 48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-
Al punto I, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.480, no habiendo sido observada la planilla de liquidación practicada a fs. 478, vencido el término para hacerlo corresponde sin más su aprobación por la suma de $ 948,38 al 28/02/2009.-
Al punto II,atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales del Dr. LUIS H. VEUTHEY -por acrecidos- en la suma de $ .....MB:$ 55.990,46 extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro