Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39145

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-30

Carátula: MALLO Alipio Humberto S/ Sucesión

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 30 de abril de 2009.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "MALLO ALIPIO HUMBERTO S/SUCESION" (Expte. Nro. 39.145-III-08).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Alipio Humberto Mallo ocurrido el 06 de septiembre de 2008 en General Roca (Río Negro), certificado a fs.2.

El causante se encontraba unido en matrimonio con Inés Nelly De La Mata, por acto celebrado el 29 de abril de 1958 en General Roca (RN), certificado a fs. 3.-

De dicha unión nacieron:

Oscar Anibal: el 24 de febrero de 1959 en General Roca (RN), certificado a fs. 4.-

José Daniel: el 01 de octubre de 1960 en General Roca (RN), certificado a fs. 5.-

A fs. 11 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 14 y 16 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 19/21 y 23/25 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de ALIPIO HUMBERTO MALLO, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos OSCAR ANIBAL y JOSE DANIEL de apellido MALLO y DE LA MATA, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite INES NELLY DE LA MATA sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro