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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37340
Fecha: 2009-04-30
Carátula: CREDIL S.R.L. c/ VALDES Pablo Antonio S/ Ejecutivo
Descripción: REGULACION POR ACRECIDOS.-
//neral Roca, 30 de Abril de 2009.-
Al punto 1, agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Al punto 2, en atención a lo peticionado y estado de autos, regulo los honorarios profesionales por acrecidos de la Dra.MARCELA ADRIANA SAITTA en la suma de $ 150.- -MB:$ 1.614,58 extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etaspas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a tráves de aquélla (arts. 6, bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Encontrandose suficientemente comprendida la retribución con los honorarios regulados a fs.17, a los complementarios solicitados, no ha lugar.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro