include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0400/2004
Fecha: 2009-04-29
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ GARCIA ENRIQUE FELIPE Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: JUEZ ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA
EXPTE. Nº 0400/2004.-
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ GARCIA ENRIQUE FELIPE Y OTRA S/ ORDINARIO.-
Viedma, abril de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
A lo peticionado en el punto I, no ha lugar.-
De conformidad a lo solicitado en el punto II, no habiendo instando la demandada la producción de la prueba instrumental ordenada y encontrándose vencido el plazo dispuesto a fs. 221, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-
Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro