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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0156/2009
Fecha: 2009-04-28
Carátula: CALVO MARIA DEL CARMEN C/ REUSSI BRAGA CARLOS S/ ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: traer sent. y pedir expte.
EXPTE. Nº 0156/2009
CARATULA: CALVO MARIA DEL CARMEN C/ REUSSI BRAGA CARLOS S/ ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Viedma, abril de 2.009.-
Tiénese presente.-
Proveyendo a fs. 33/36:
Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-
Toda vez que se pretende la ejecución de honorarios regulados en la resolución cuya copia obra a fs. 4/5, de la que surge su relación con el acuerdo arribado por las partes y siendo necesario además acreditar la imposición de costas, hágase saber que previamente deberá acompañarse copia de la resolución mencionada.-
Asimismo, acompáñese copia íntegra de la resolución cuyas copias obran a fs. 9/31.-
Sin perjuicio de ello y teniendo en cuenta lo manifestado, requiérase el Expte N° 1225/07 s/medida cautelar" al Juzgado de Familia n° 5 de Viedma, a cuyo fin ofíciese.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro