include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34634
Fecha: 2005-10-14
Carátula: TESTA de Lubrano Susana C/VALENZUELA Alberto Fabián S/ Ejecutivo
Descripción: regulacón acrecidos
//neral Roca, 14 de OCTUBRE de 2005._
Téngase presente.
Atento el estado de autos regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Claudio Alejandro López en la suma de $45.- (M.B. $962.- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro