include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 27310III
Fecha: 2005-10-14
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/CAMPOS Néstor O. S/ Ejecución Prendaria
Descripción: se ordena embargo}
General Roca, 14 de octubre de 2.005.-
Trábese embargo sobre los bienes denunciados, por las sumas de $ 8.000.- en concepto de capital con más la de $ 3.200.- que se calculan para costas.-
Para su cumplimiento, líbrese oficio a la empleadora, haciéndole saber que deberá descontar dichas sumas, de los haberes que tenga a percibir el demandado, en el porcentaje de ley y depositarlos en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A., Sucursal General Roca.-
Líbrese oficio a las entidades bancarias mencionadas en el putno II de fs. 272, haciéndoles saber que deberán transferir y/o depositar dichas sumas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A., Sucursal General, y que deberá abstenerse de efectivizar la medida de ser cuenta sueldo.-
Oportunamente notifíquese al ejecutado.-
Líbrense los oficios solicitados en el punto III.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro