Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0576/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-24

Carátula: ANTON JOSE FRANCISCO DE JAVIER C/ GALLUR S.R.L. S/ EJECUTIVO

Descripción: DEVUELTO DE CAMARA CIVIL-EMBARGO-OFICIO AL R.P.I.

EXPTE. Nº: 0576/2008.-

CARATULA: ANTON JOSE FRANCISCO DE JAVIER C/ GALLUR S.R.L. S/ EJECUTIVO.-

Viedma, abril de 2009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Por devueltos.-

Resérvese nuevamente en Secretaría la documentación original.-

Atento lo peticionado en el punto I del escrito en despacho y a los fines de dar cumplimiento con el embargo dispuesto por la Cámara de Apelaciones en la sentencia de fs. 71/73, líbrese el correspondiente oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, haciéndose constar la persona autorizada para correr con su diligenciamiento y a firmar las minutas de inscripción.-

A los fines peticionados en el primer párrafo del punto II, líbrese oficio al Subdirector del Registro de la Propiedad Inmueble, sr. Alfredo Laudani.-

Tiénese presente para la etapa procesal oportuna, lo solicitado en el segundo párrafo del punto II del escrito en despacho.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

NOTA: De haberse reservado un pagaré original bajo registro nº A - 08/08. Conste.-

Secretaría, abril de 2.009.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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