Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14976-080-08

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-24

Carátula: ANGOSTURA APPART SRL / MORCOL SRL S/ COBRO DE PESOS

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:14976-080-08

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dr.

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 24 DE ABRIL DE 2009

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “ANGOSTURA APPART

S.R.L. c/ MORCOL S.R.L. s/ COBRO DE PESOS”, expte. nro.

14976-080-2008 (reg.cám), luego de haberse impuesto

individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi,

Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la

temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la

Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que el litigio de autos amerita citar a las partes a

los fines de requerirles explicaciones, e intentar

conciliar diferencias (art. 36, inc. 2do. y cc. CPCC.).

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) Citar a las partes a la audiencia del día

martes 5 de mayo del cte. año a las 11.00 hs., a las que

deberán concurrir las partes y sus apoderados; ínterin

interrúmpase los plazos y reservénse los votos emitidos.-

2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí

decidido.

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Secretario de Cámara

<*****>




 

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