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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39161
Fecha: 2009-04-22
Carátula: MARTINEZ Restituto Bautista S/ Sucesión
Descripción: Regulación
//neral Roca, 22 de ABRIL de 2009.=
Téngase presente la conformidad de la Delegación de Rentas y por oblados el impuesto de justicia, sellados y contribuciones.
Regulo los honorarios de la Dra. María Gabriela Lastreto en la suma de $ 4.750.- y los del Carlos A. Gadano en la suma de $4.750.- a cargo de los herederos y en la suma de $ 2.375.- y $ 2.375.- respectivamente, a cargo de la cónyuge supérstite. (M.B. $ 68.271.- arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212, titularidad registral de fs.42 vta.).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Previo a cualquier inscripción deberá cumplirse con la agregación del informe de libre inhibición del causante.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro