Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0587/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-21

Carátula: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ CALVO MAURO RAUL Y OTRO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO 2 DEM.

EXPTE. Nro.0587/2006

CARATULA:PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ CALVO MAURO RAUL Y OTRO S/ EJECUTIVO

Viedma, abril de 2.009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que perciben los demandados, Mauro Raúl Calvo y Daniel Edgardo Serra como empleados de la Policía de la Provincia de Río Negro e IPROSS, respectivamente, hasta cubrir la suma de $ 2.257 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 400 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a los organismos mencionados precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro