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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0587/2006
Fecha: 2009-04-21
Carátula: PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ CALVO MAURO RAUL Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO 2 DEM.
EXPTE. Nro.0587/2006
CARATULA:PATAGONIA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. C/ CALVO MAURO RAUL Y OTRO S/ EJECUTIVO
Viedma, abril de 2.009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que perciben los demandados, Mauro Raúl Calvo y Daniel Edgardo Serra como empleados de la Policía de la Provincia de Río Negro e IPROSS, respectivamente, hasta cubrir la suma de $ 2.257 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 400 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a los organismos mencionados precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro