Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0196/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-21

Carátula: FAISANDAZ LUIS ANTONIO C/ COICO MARIA ELENA S/ EJECUTIVO

Descripción: APRUEBA LIQUIDACION - CHEQUE

EXPTE Nº 0196/2007

CARATULA: FAISANDAZ LUIS ANTONIO C/ COICO MARIA ELENA S/ EJECUTIVO

Viedma, abril de 2009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Agréguese el saldo bancario acompañado.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 43 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar, por derecho en la suma de $ 519,09 de la que corresponde $ 459,09 en concepto de intereses de capital y $ 60 a honorarios de los Dres. Suarez y Pérez Aramburú y 5% por caja Forense, calculado al 31/03/2009, descontados los rubros Bono Ley y Gastos de diligencimiento por no corresponder.-

Atento el estado de autos, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a los Dres. GUILLERMO ADRIAN SUAREZ (DNI nº 14.436.848) y/o MARCO J. PEREZ ARAMBURU (DNI Nº 24.876.069) y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 60 en concepto de Intereses de Honorarios y al sr. LUIS ANTONIO FAISANDAZ (DNI nº 14.963.330) la suma $ 459,09 por Intereses de Capital, quien podrá efectuar la extracción en la Sucursal de Santa Rosa (La Pampa), debiéndose abonar en primer término los honorarios conforme lo dispuesto por el art. 590 del CPCC, e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

Hágase saber a la demandada que existe saldo remanente a su favor. Notifíquese.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro