Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14527-250-07

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-21

Carátula: MANRIQUE HUGO Y OTRA / MAZZETTI ARRIGO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Descripción: t. presente

Expediente Nro.14527-250-07

San Carlos de Bariloche, 21 de abril de 2009

Téngase presente.-

Siendo que Alberto Omar Antenao era mayor de edad (confr. fs. 133) al momento de dictar sentencia (confr. fs. 219), vuelvan los autos para que se le notifique la misma y se lo intime a comparecer con patrocinio letrado cumpliendo los arts. 40/41 y cc del C.P.C.C., bajo apercibimiento de ley.

Asimismo, siendo que Néstor Gastón Antenao y Marcos Mauro Antenao adquirieron la mayoría de edad (confr. fs. 134 y 135), intímaselos también a comparecer a juicio con patrocinio letrado, cumpliendo los arts. 40 y 41 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de ley.

A tales fines, vuelvan los autos a la instancia de origen.-

LUIS MARIA ESCARDO

Presidente de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro