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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38476
Fecha: 2009-04-21
Carátula: TAVERNINI Justino Clemente S/ Sucesión (Ex 1279-XI-03)
Descripción: Regulación
//neral Roca, 21 de ABRIL de 2009.=
Hágase saber el dictámen de Caja Forense.
Por parte de la tercer etapa, regulo los honorarios del Dr. Sergio Claudio Schroeder en la suma de $ 200.- a cargo de los herederos y en la suma de $ 100.- a cargo de la cónyuge supérstite. (M.B. $ 5.907,66.- fs. 43- arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro