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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34193III
Fecha: 2009-04-21
Carátula: CREDIL S.R.L. c/CAMPOS VILLALOBOS Washington S/ Ejecutivo
Descripción: regulación de honorarios x acrecidos.-
//neral Roca, 21 de Abril de 2009.-
Téngase presente y hágase saber el dictamen del Apoderado de Caja Forense.-
Regulo los honorarios por acrecidos de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $ ......MB:$ 542,65 extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts.6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro