Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 28100IV

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-20

Carátula: DI SISTO Enrique Conrado S/ Sucesión

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 20 de ABRIL de 2009.=

VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "DI SISTO ENRIQUE CONRADO S/SUCESION" (Expte. Nro. 28.100-III-94).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Enrique Conrado Di Sisto ocurrido el 13 de julio de 1994 en Villa Regina (Río Negro), certificado a fs.4.

El causante se encontraba unido en matrimonio con María Espósito, por acto celebrado el 09 de enero de 1970 en Ingeniero Huergo (Río Negro), certificado a fs. 5.-

De dicha unión nacieron:

Miguel Angel: el 11 de noviembre de 1971 en Villa Regina Roca (RN), certificado a fs. 6.-

Enrique Luis: el 14 de mayo de 1977 en Villa Regina (RN), certificado a fs. 7.-

A fs. 13 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-

A fs. 18 y 79 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 67/75 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-

Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de ENRIQUE CONRADO DI SISTO, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos MIGUEL ANGEL y ENRIQUE LUIS de apellido SI SISTO y ESPOSITO, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde a la cónyuge supérstite MARIA ESPOSITO sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro