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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14998-086-08
Fecha: 2009-04-17
Carátula: DALLA CIA DOMINGO / S/ SUCESION S/EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:14998-086-08
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 16 DE ABRIL DE 2009
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “DALLA CIA Domingo s/
SUCESION s/ EJECUCION DE HONORARIOS”, expte. nro.
14998-086-2008 (reg.cám), luego de haberse impuesto
individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi,
Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la
temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la
Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Que la debida inteligencia de los agravios requiere
tener a la vista el incidente de apelación referido a fs.
550 in fine.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y
COMERCIAL;
RESUELVE:
1) Requiérase el incidente ut supra referido;
ínterin interrúmpanse los plazos del acuerdo.-
2) Líbrese el pertinente oficio; confección y
diligenciamiento, a cargo de la recurrente.-
3) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí
decidido, disponiendo que oportunamente se practique
nuevo cómputo de plazos para fallar.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro