Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 14998-086-08

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-17

Carátula: DALLA CIA DOMINGO / S/ SUCESION S/EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:14998-086-08

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 16 DE ABRIL DE 2009

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “DALLA CIA Domingo s/

SUCESION s/ EJECUCION DE HONORARIOS”, expte. nro.

14998-086-2008 (reg.cám), luego de haberse impuesto

individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi,

Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la

temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la

Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que la debida inteligencia de los agravios requiere

tener a la vista el incidente de apelación referido a fs.

550 in fine.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE:

1) Requiérase el incidente ut supra referido;

ínterin interrúmpanse los plazos del acuerdo.-

2) Líbrese el pertinente oficio; confección y

diligenciamiento, a cargo de la recurrente.-

3) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí

decidido, disponiendo que oportunamente se practique

nuevo cómputo de plazos para fallar.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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