Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0082/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-16

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZALESKY JUAN JOSE S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA DR. AUGUGLIARO

C E D U L A

Señor: DR. RAFAEL AUGUGLIARO

Domicilio: MITRE Nº 97 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZALESKY JUAN JOSE S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0082/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, abril 14 de 2.009.- Atento las excusaciones que anteceden, sin perjuicio de la excusación de la suscripta obrante a fs. 415 y de conformidad a lo dispuesto por el art. 22, inc. e) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (nº 2430), desígnase como conjuez al Dr. Rafael Augugliaro de la lista confeccionada por el Superior Tribunal de Justicia correspondiente al corriente año, quien deberá aceptar el cargo, para intervenir en las presentes actuaciones, dentro del plazo de 5 días, bajo apercibimiento de remoción (art. 150 L.O.). Notifíquese por cédula.- ... Fdo. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de abril de 2009.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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