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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38861
Fecha: 2009-04-16
Carátula: NAJUL Margarita S/ Sucesión (Ex 1547-XI-06)
Descripción: Regulac.Dr. Arce
//neral Roca, 16 de ABRIL de 2009.=
Por la actuación -fs.45- regulo los honorarios del Dr. Daniel Arce en la suma de $ 200.- a cargo de su cliente Hugo Fernando Najul. (arts. 6, 7 , 24 y 43 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro