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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39058
Fecha: 2009-04-16
Carátula: FORTUNY Armando Martin S/ Sucesión
Descripción: Regulacion
//neral Roca, 16 de abril de 2009.-
Téngase presente la conformidad prestada por Rentas y por oblados el impuesto de justicia y sellado de actuación.-
Atento el estado de autos, regulo por la primer y segunda etapa los honorarios de los Dres. MOIRA REVSIN en $ 2.100.- y JOSE MARIA MUÑOZ en $ 2.100.- a cargo de los herederos y en $ 1050.- y $ 1.050.- a cargo de la cónyuge supérstite (MB:$ 89.130,54).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, 24 y 43 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869. Regístrese.-
Previo a la regulación por la tercera etapa acompáñese condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones como asimismo libre deudas de Rentas, Municipalidad y Aguas Rionegrinas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro