Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39058

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-16

Carátula: FORTUNY Armando Martin S/ Sucesión

Descripción: Regulacion

//neral Roca, 16 de abril de 2009.-

Téngase presente la conformidad prestada por Rentas y por oblados el impuesto de justicia y sellado de actuación.-

Atento el estado de autos, regulo por la primer y segunda etapa los honorarios de los Dres. MOIRA REVSIN en $ 2.100.- y JOSE MARIA MUÑOZ en $ 2.100.- a cargo de los herederos y en $ 1050.- y $ 1.050.- a cargo de la cónyuge supérstite (MB:$ 89.130,54).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, 24 y 43 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869. Regístrese.-

Previo a la regulación por la tercera etapa acompáñese condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones como asimismo libre deudas de Rentas, Municipalidad y Aguas Rionegrinas.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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