Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39398

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-15

Carátula: VILLAGRA Alicia y Otros c/GALERA Mauro Ariel y Otros S/ Ordinario

Descripción: Inicio

//neral Roca, 15 de abril de 2009.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de VEINTISIETE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese oficio al sr. Juez de Paz de Chichinales.-

Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a PROVINCIA SEGUROS S.A. a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de VEINTISIETE días, a cuyo fin y para su notificación líbrese CEDULA DIRECTA LEY 22.172 a la ciudad de Buenos Aires.-

Complétense las copias para traslado.-

Se deja constancia que toda la documental ha sido acompañada en fotocopias simples.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota: de haberse iniciado los autos "VILLAGRA Alicia y Otros S/ Beneficio de Litigar sin Gastos" (Expte. Nro. 39397). Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro