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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38350
Fecha: 2009-04-15
Carátula: REALES Angel Antonio c/TIZNAO Mario Ramon S/ Ordinario
Descripción: se ordenan oficios.-
//neral Roca, 15 de Abril de 2009.-
Proveyendo el escrito de fs.213, téngase presente lo manifestado y líbrense nuevos oficios a la Empresa de Colectivos KO-KO y al oculista Dr.David Contreras a los mismos fines que el anterior, los que deberán ser contestado directamente al Tribunal en el plazo de DIEZ DIAS todo ello bajo apercibimiento de lo normado por el art. 399 del CPC el que deberá ser transcripto.-
Proveyendo el escrito de fs. 214, al punto I, téngase presente el desistimiento de la declaración tetimonial del Sr. Atlántico Dardo Mion.-
Al punto II, téngase presente lo manifestado y líbrese oficio a la CAMARA DEL CRIMEN PRIMERA a fín de que remita ad efectum videndi et probandi la causa: TIZNAO MARIO RAMON S/LESIONES (3411-JP20-07 (CAUSA 6316-09 CC 1ra.).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro