Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39018

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-15

Carátula: MERCURI Liliana M. en: CANDAL GARABOA Roberto C. c/BONARI Aquiles J. s/ejec. S/ Tercería Mejor Derecho

Descripción: Intimación//NOTA

*0095448060*

//neral Roca, 15 de abril de 2009.-

Intímese al Dr. OSCAR I. PINEDA para que en el primer día hábil posterior al de la presente haga efectiva devolución de los autos caratulados MERCURI Liliana M. en: CANDAL GARABOA Roberto C. c/BONARI Aquiles J. s/ejec. S/ Tercería Mejor Derecho (Expte. Nro. 39018) que ha sido entregado en préstamo y cuyo plazo de reintegro se encuentra ampliamente vencido, bajo apercibimiento de hacerse efectivas las sanciones previstas por el art. 128 del CPC y acordada 47/73 del STJ. Notifíquese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra. Juez:

INFORMO que el expte. MERCURI Liliana M. en: CANDAL GARABOA Roberto C. c/BONARI Aquiles J. s/ejec. S/ Tercería Mejor Derecho (Expte. Nro. 39018) fue devuelto a secretaria en el día de la fecha.-

Secretaría, 15 de abril de 2009.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

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Poder Judicial de Río Negro