Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0631/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-14

Carátula: RIVA POSSE CLARA ALDONA C/ REUSSI BRAGA CARLOS S/ SUMARIO

Descripción: determina bienes

EXPTE. N° 0631/2005

CARATULA: RIVA POSSE CLARA ALDONA C/ REUSSI BRAGA CARLOS S/ SUMARIO

Viedma, abril de 2009.-

Al escrito en despacho, estése a lo que se dispone a continuación.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta lo resuelto por la Cámara de Apelaciones a fs. 174/177, corresponde, a los fines de la regulación de honorarios, determinar el valor de la totalidad de los bienes que fueran objeto de litis, es decir, los dos lotes ubicados en la ciudad de Viedma y los establecimientos rurales denominados "Las Barrancas" y "La Arenosa" sitos en la Provincia de La Pampa.-

En su mérito y toda vez que la actora no ha estimado el valor de los bienes ni incorporado las valuaciones fiscales a las que hiciera referencia en el acta de fs. 193, corresponde tomar como monto base el valor de los bienes que fueran denunciados por la demandada. Teniendo en cuenta ello y toda vez que dichos valores fueron expresados en dólares estadounidenses, a los fines de establecer su valor en moneda nacional, líbrese oficio al Banco de la Nación Argentina para que informe la cotización oficial actual de dicha moneda.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro