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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0075/2008
Fecha: 2009-04-14
Carátula: ALVAREZ STELLA MARIS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: C/HIPOTECARIO - CONTESTA DEMANDA TERCERO - NO EXCEP. NUEVO
EXPTE. Nº: 0075/2008.-
CARATULA: "ALVAREZ STELLA MARIS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO".-
Viedma, abril de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Por presentado, parte a tenor de la resolución acompañada y constituído domicilio.-
Por contestada la citación como tercero dispuesta a fs. 273, 2do. párrafo.
Atento el carácter de tercero del peticionante y no dándose los supuestos tenidos en cuenta en los autos caratulados: "Mendez Argentino y otra c/ Banco Hipotercario S.A. s/ Ordinario" Expte. Nº 0723/2005, "Zambruno María Ester c/ Banco Hipotecario S.A. s/ Ordinario" Expte. N° 0680/2005, entre otros, a las excepciones planteadas, no ha lugar por improcedentes.-
Tiénese presente la reserva formulada.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro