Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0075/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-04-14

Carátula: ALVAREZ STELLA MARIS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: C/HIPOTECARIO - CONTESTA DEMANDA TERCERO - NO EXCEP. NUEVO

EXPTE. Nº: 0075/2008.-

CARATULA: "ALVAREZ STELLA MARIS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO".-

Viedma, abril de 2009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Por presentado, parte a tenor de la resolución acompañada y constituído domicilio.-

Por contestada la citación como tercero dispuesta a fs. 273, 2do. párrafo.

Atento el carácter de tercero del peticionante y no dándose los supuestos tenidos en cuenta en los autos caratulados: "Mendez Argentino y otra c/ Banco Hipotercario S.A. s/ Ordinario" Expte. Nº 0723/2005, "Zambruno María Ester c/ Banco Hipotecario S.A. s/ Ordinario" Expte. N° 0680/2005, entre otros, a las excepciones planteadas, no ha lugar por improcedentes.-

Tiénese presente la reserva formulada.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro